- Información a todas las personas Titulares de Explotaciones Agrarias de las disposiciones de interés Agrario.
- Mantener las relaciones recíprocas de información con las Entidades de Riego, Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación, Entidades Culturales, Organizaciones Profesionales Agrarias.
- Informar al Ayuntamiento, y demás Administraciones Públicas de las necesidades y problemas del sector agropecuario del municipio y de cuantos se deriven en un mejor conocimiento de la estructura agropecuaria de la localidad.
- Realizar las Estadísticas Agrarias locales y los Censos que en su caso se establezcan.
En todo los casos quien obstante la Alcaldía Presidencia o por delegación la Vicepresidencia del organismo tendrá facultad para dictar cuantas instrucciones de buen gobierno sean necesarias para el desarrollo de los Servicios Agrarios Locales.